El procedimiento para la reclamación de las calificaciones de la ESO y el Bachillerato viene regulado por la Orden de 2 de marzo de 2021 y por la Circular 2/2021 de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional. Las calificaciones objeto de revisión según el procedimiento establecido, serán las finales obtenidas en un área, materia o ámbito; también puede reclamarse la decisión de promoción o titulación. El procedimiento de revisión se inicia en el centro, donde se resuelve en primera instancia; en el supuesto de desacuerdo con esta decisión, se puede reclamar en segunda instancia ante la Jefatura Territorial de Pontevedra.
El procedimiento para la reclamación de las calificaciones de los ciclos formativos viene regulado por el artículo 45 de la Orden de 12 de julio de 2011 en lo que respecta al alumnado de formación profesional inicial y por el artículo 24 de la Orden de 13 de julio de 2015 respecto al alumnado de formación profesional básica. En ambos casos puede formularse reclamación contra el resultado de los procesos de las evaluaciones finales o en el caso de ciclos formativos de 2.000h de duración, el derecho de reclamación será extensivo a aquellas evaluaciones parciales en que se proponga el acceso a la realización de módulo de FCT en período ordinario, después de finalizada la docencia de los módulos de formación en el centro educativo.
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- Normativa reclamación calificaciones ESO y Bachillerato.
- Normativa reclamación calificaciones ciclos formativos.
- Orden de 12 de julio de 2011 por la que se regula el desarrollo, la evaluación y la acreditación del alumnado de las enseñanzas de formación profesional.
- Orden de 13 de julio de 2015 por la que se regulan las enseñanzas de formación profesional básica en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como el acceso y la admisión en estas enseñanzas.
- Procedimiento de reclamación en 2º de Bachillerato.
- Modelos de reclamación.